Requerimiento de subsanación: qué es y qué hacer

Qué es un requerimiento de subsanación en una subvención y qué hacer si recibes uno

Presentas una subvención.

Pasan unos días o unas semanas.

Y recibes una notificación de la Administración pidiendo documentación, una aclaración o la corrección de algún punto de la solicitud.

Lo primero que suele pensar una empresa es:

“¿Tenemos un problema?”

No necesariamente.

Un requerimiento de subsanación significa, de forma sencilla, que el órgano que está tramitando el expediente necesita que corrijas, completes o acredites determinada información para poder continuar con la solicitud.

No es lo mismo que una resolución denegatoria.

Pero tampoco conviene dejarlo para después.

Porque normalmente viene acompañado de algo muy importante:

un plazo para responder.

Antes de preocuparte
Un requerimiento no significa que la ayuda esté denegada
01
La Administración revisa
Comprueba la solicitud y la documentación presentada.
→
02
Detecta algo que completar
Puede faltar un documento, una aclaración o una corrección.
→
03
Tienes que responder
Hay que revisar lo solicitado y presentarlo dentro del plazo indicado.

1. ¿Qué es exactamente una subsanación?

La normativa administrativa prevé que, cuando una solicitud no reúne los requisitos exigidos o falta documentación obligatoria, la Administración pueda requerir al interesado para que corrija esa falta o aporte los documentos necesarios. La regla general de la Ley 39/2015 establece un plazo de diez días para hacerlo.

En materia de subvenciones, la Ley General de Subvenciones también contempla expresamente la subsanación cuando una solicitud no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria.

Pero conviene quedarse con la idea práctica:

Subsanar no es volver a presentar la subvención desde cero.

Es responder correctamente a aquello que el órgano gestor ha detectado durante la revisión del expediente.

2. ¿Qué pueden pedirte en un requerimiento?

No todos los requerimientos son iguales.

A veces falta un documento sencillo.

Otras veces la documentación está presentada, pero la Administración necesita entender mejor una parte del proyecto.

Y otras puede haber una discrepancia entre documentos que conviene resolver con cuidado.

En la práctica pueden aparecer cuestiones relacionadas con documentación de la empresa, representación, presupuestos, certificados, información económica, acreditación de determinados requisitos o aclaraciones sobre el proyecto.

Lee antes de responder
¿Qué tipo de requerimiento has recibido?
Falta un documento
Puede ser la situación más sencilla. Hay que comprobar exactamente qué documento solicitan, en qué formato y si debe cumplir algún requisito específico.
Piden acreditar un requisito
No basta siempre con aportar “algo relacionado”. Hay que identificar qué condición pretende comprobar la Administración y presentar documentación que realmente la acredite.
Hay una discrepancia
Si dos documentos contienen datos diferentes, conviene entender primero de dónde viene la diferencia antes de contestar. Añadir más documentación sin explicarla puede generar nuevas dudas.
Piden una aclaración del proyecto
Aquí la respuesta puede ser más técnica. Hay que explicar lo solicitado sin modificar de forma incoherente aquello que se presentó originalmente.

El objetivo no es enviar muchos documentos. Es responder exactamente a lo que se está preguntando.

3. Lo primero que hay que mirar: el plazo

Antes incluso de empezar a reunir documentación, hay que localizar la fecha límite de respuesta.

Con carácter general, la Ley 39/2015 establece diez días para subsanar una solicitud. En procedimientos que no sean selectivos ni de concurrencia competitiva, ese plazo puede ampliarse prudencialmente hasta cinco días cuando aportar la documentación presente dificultades especiales.

En subvenciones sujetas al régimen de concurrencia competitiva, la Ley General de Subvenciones recoge un plazo máximo e improrrogable de diez días para la subsanación de la solicitud.

Por eso, en un expediente concreto lo primero es leer la propia notificación y comprobar qué plazo establece y desde cuándo empieza a computarse.

Además, cuando un plazo se expresa en días y no se especifica que sean naturales, la regla general administrativa es que se consideran días hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos. El cómputo comienza, con carácter general, al día siguiente de la notificación

!
Antes de buscar documentos
Identifica exactamente cuándo vence el plazo
01
Notificación
Comprueba cuándo se entiende recibida.
02
Cómputo
Revisa si habla de días hábiles, naturales o de otra regla específica.
03
Fecha límite
Trabaja con una fecha concreta, no con “creo que todavía tenemos tiempo”.
Un requerimiento con documentación perfectamente preparada pero presentado fuera de plazo puede convertirse en un problema mucho mayor.

4. ¿Qué pasa si no respondes?

Este punto merece explicarlo bien porque hay una diferencia terminológica importante.

En el régimen general de subsanación, si el interesado no corrige la falta o no aporta los documentos requeridos dentro del plazo, puede tenérsele por desistido de su solicitud, previa resolución administrativa.

Es decir:

Requerimiento sin responder → no equivale simplemente a “seguir el expediente con lo que había”.

Puede suponer que la solicitud no continúe.

Por eso no conviene tratar una subsanación como un correo administrativo más.

Dos situaciones muy distintas
✓
Responder correctamente
El órgano puede continuar revisando el expediente con la documentación o aclaraciones aportadas.
!
No responder en plazo
Puede dar lugar a que se tenga al solicitante por desistido de su solicitud, previa resolución correspondiente.

5. Cómo preparar una respuesta a un requerimiento

Leer → identificar → comprobar → preparar → revisar → registrar.

Pero cada verbo tiene un motivo.

Leer.
No solo el encabezado. Hay que revisar el requerimiento completo y entender qué está solicitando exactamente el órgano.

Identificar.
Separar cada cuestión. Si piden cuatro cosas distintas, conviene tratarlas como cuatro puntos independientes.

Comprobar.
Antes de enviar nada, revisar la convocatoria, las bases y aquello que ya se presentó. La respuesta tiene que ser coherente con el expediente original.

Preparar.
Reunir los documentos correctos y, cuando sea necesario, acompañarlos de una explicación.

Revisar.
Comprobar nombres, fechas, firmas, importes, anexos y que todos los puntos del requerimiento hayan quedado respondidos.

Registrar.
Presentar por la vía indicada y conservar el justificante de registro.

Una subsanación no consiste en “mandar lo que falta”. Consiste en cerrar correctamente cada cuestión que ha planteado la Administración.

Antes de registrar
Una última revisión puede evitar otro problema
✓ ¿Hemos respondido todos los puntos del requerimiento?
✓ ¿Los documentos corresponden realmente a lo solicitado?
✓ ¿Los datos coinciden con la solicitud original?
✓ ¿Están correctas las firmas, fechas e importes?
✓ ¿Seguimos dentro del plazo?
✓ ¿Guardaremos el justificante de presentación?

6. ¿Responder un requerimiento garantiza que la ayuda continúe?

No.

Y aquí merece la pena ser muy claros.

Responder correctamente permite que el órgano continúe analizando el expediente, pero no convierte automáticamente la solicitud en concedida.

Puede haber otros requisitos, criterios de valoración, disponibilidad presupuestaria o cuestiones que todavía deban revisarse.

Lo que sí evita una buena respuesta es añadir un problema innecesario al expediente.

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Un requerimiento forma parte del seguimiento del expediente

Presentar una subvención no significa olvidarse de ella hasta que llegue una resolución.

Durante la tramitación pueden aparecer notificaciones, solicitudes de documentación o aclaraciones que requieren seguimiento y respuesta.

Por eso en Letrén acompañamos durante la solicitud, el seguimiento y la justificación.

Si recibes un requerimiento, lo primero que hacemos no es enviar documentación a ciegas: revisamos qué se presentó, qué está solicitando exactamente la Administración, qué plazo tenemos y cómo conviene responder.

¿Has recibido un requerimiento relacionado con una subvención?

Escríbenos a hola@letren.es y revisamos vuestro caso.

Dudas habituales
Preguntas frecuentes sobre los requerimientos de subsanación
¿Recibir un requerimiento significa que me han denegado la subvención?

No. Un requerimiento de subsanación implica que la Administración solicita corregir, completar o acreditar determinada información antes de continuar con la tramitación del expediente.

¿Cuánto tiempo tengo para contestar?

La regla general de subsanación establece un plazo de diez días, aunque siempre hay que revisar la notificación concreta y la normativa aplicable para confirmar el plazo y su forma de cómputo.

¿Los diez días son hábiles o naturales?

Con carácter general, cuando un plazo administrativo se expresa en días y no se indica que sean naturales, se entiende referido a días hábiles. Hay que comprobar siempre la propia notificación.

¿Qué ocurre si no respondo?

La falta de subsanación dentro del plazo puede dar lugar a que se tenga al solicitante por desistido de su solicitud, previa resolución administrativa.

¿Puedo aportar documentación adicional aunque no me la pidan?

Antes de hacerlo conviene valorar si realmente ayuda a responder al requerimiento. Aportar documentación innecesaria o incoherente con el expediente puede generar más dudas en lugar de resolverlas.

¿Responder correctamente garantiza que concedan la ayuda?

No. La subsanación permite continuar la tramitación, pero la concesión dependerá de los requisitos, criterios, procedimiento y disponibilidad presupuestaria que correspondan a cada convocatoria.